Emprendimiento
Aviso de Operación para un restaurante en Panamá: paso a paso
Qué es el Aviso de Operación, quién lo necesita, qué pide Panamá Emprende, cuánto cuesta y cómo no olvidar el impuesto anual de aviso de operación.
- 5 min de lectura
- Por Equipo Andes Cocina
En Panamá, antes de vender la primera empanada necesitas un papel que dice que tu negocio existe y dónde opera: el Aviso de Operación. Sin él no hay permiso sanitario, no hay licencia de licor y no hay local que el MINSA vaya a inspeccionar. Es el primer trámite de la cadena, el más rápido y el que más gente subestima, porque trae un impuesto anual que muchos descubren tarde. Esta guía explica el trámite paso a paso, vigente a octubre de 2026.
Qué es y qué ley lo crea
El Aviso de Operación nació con la Ley 5 de 11 de enero de 2007 (se abre en otra pestaña), que simplificó la apertura de empresas y creó Panamá Emprende, el sistema del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) donde se tramita. La reglamentó el Decreto Ejecutivo 26 de 2007 (se abre en otra pestaña). Con el aviso declaras tu actividad y tu local, y quedas registrado.
El sitio oficial es Panamá Emprende (se abre en otra pestaña). Durante la preparación de esta guía no respondió de forma estable, así que algunos detalles vienen de una guía legal secundaria, actualizada el 27 de septiembre de 2026: Iuris Panamá (se abre en otra pestaña). Confírmalos en el portal el día que hagas el trámite.
Quién lo necesita y quién no
Lo necesita toda persona natural o jurídica, panameña o extranjera, que vaya a ejercer una actividad comercial o industrial en Panamá. Un restaurante, una fonda, una cafetería o un food truck entran ahí. La misma guía menciona actividades exentas, como la agropecuaria, la artesanía pequeña con hasta cinco empleados, las actividades sin fines de lucro y las profesiones liberales; un restaurante no está en esa lista.
Si vas a operar como sociedad, primero la inscribes en el Registro Público con su representante legal y directores al día. Si vas como persona natural, el aviso sale a tu nombre.
Requisitos paso a paso
- Ten tu RUC. El aviso va ligado a tu Registro Único de Contribuyente; según la guía secundaria, si no lo tienes se obtiene dentro del mismo trámite.
- Si eres sociedad, inscríbela en el Registro Público antes de entrar a Panamá Emprende.
- Reúne tus datos. Persona natural: mayor de edad; cédula si eres panameño, o pasaporte vigente y un estatus migratorio que te permita realizar actividades lucrativas si eres extranjero; y un correo electrónico, donde llegan las notificaciones.
- Elige un nombre comercial que no esté registrado por otro.
- Declara la dirección del local y la actividad. Escribe la actividad con precisión: venta de comidas, de bebidas, o las dos.
- Paga la tasa: US$ 15 como persona natural o US$ 55 como sociedad, según la guía secundaria.
- Guarda el comprobante. El MINSA, la licencia de licor y el permiso nocturno del MUPA te lo van a pedir, a veces notariado.
Si la actividad está regulada (alcohol, por ejemplo), el regulador tiene que autorizarla antes. Para lo no regulado, la confirmación suele llegar en unas 24 horas.
Tres reglas que te pueden costar caro
- Los 90 días. Si no empiezas a operar dentro de 90 días desde que se emite el aviso, puede cancelarse de oficio (artículo 22 de la ley, según Iuris Panamá). Sácalo cuando el local esté cerca de abrir, no meses antes.
- El testaferro. Operar a nombre de otra persona, o con accionistas o directores que solo aparentan ser los dueños, es una infracción de la ley. Si alguien te ofrece «prestarte» su nombre, la respuesta es no.
- El comercio al por menor. La venta al por menor está reservada a panameños, con excepciones, según el anexo de Panamá publicado por el MICI (se abre en otra pestaña). No hay un criterio oficial publicado que diga si un restaurante cuenta como comercio al por menor. Antes de estructurar tu negocio, consulta a un abogado panameño.
La misma guía explica que, salvo reincidencia, el ministerio da 30 días calendario para corregir una falta antes de la primera multa.
El impuesto anual que llega después
El aviso no termina cuando lo sacas. El Código Fiscal (artículo 1004, modificado por la Ley 8 de 2010 (se abre en otra pestaña)) cobra cada año el impuesto de aviso de operación. Según KPMG (se abre en otra pestaña) (fuente secundaria):
| Capital del negocio | Impuesto anual |
|---|---|
| Menos de US$ 10.000 | Exento |
| Desde US$ 10.000 | 2 % del capital |
| Mínimo | US$ 100 |
| Máximo | US$ 60.000 |
El capital declarado debe reflejar el negocio real. Qué cuenta como «capital» en tu caso, y cuándo se declara y paga, lo define tu contador: consulta a tu contador antes de hacer la cuenta. El resto de tus obligaciones está en la guía de impuestos de un restaurante en Panamá.
Ejemplo: US$ 500 que no deben sorprenderte
Un restaurante con un capital de US$ 25.000 paga, según la regla de KPMG, 2 % × US$ 25.000 = US$ 500 al año. No es mucho, pero llega una sola vez y en una fecha en la que también vencen otras cosas. Si nadie lo anotó, sale de la caja de esa semana.
En Andes Cocina lo conviertes en un recordatorio que no depende de la memoria de nadie:
- En Gastos, pestaña Fijos, toca Nuevo gasto fijo (o Registrar › Gasto fijo).
- Categoría «Impuestos», descripción «Impuesto de aviso de operación», Frecuencia anual, Primer vencimiento en la fecha que te diga tu contador, moneda US$ y monto 500.
- Toca Crear gasto fijo.
Siete días antes del vencimiento, la deuda aparece sola en Por pagar, dentro de Próximos 7 días. En Calendario la ves como Proyectado en violeta desde antes, junto con el alquiler y los proveedores del mes. Cuando la pagas, tocas Pagar, eliges la cuenta en Pagado desde (opcional) y el pago queda con su comprobante. Andes Cocina no presenta la declaración: te recuerda el vencimiento y deja registrado cuándo y desde qué cuenta pagaste. Más en gastos y bancos.
En Panamá el balboa (B/.) vale lo mismo que el dólar y circulan billetes de dólar: Andes Cocina trabaja en US$, así que el monto que ves en la DGI y el del gasto fijo es el mismo número.
Si vienes de Venezuela
Si eres venezolano y abres en Panamá, el Aviso de Operación será tu primer trámite ante el Estado panameño como comerciante. Las reglas son propias de Panamá, en especial la del comercio al por menor. Lo tratamos en abrir un restaurante en Panamá siendo venezolano. Con el aviso en mano sigue el permiso sanitario: está en el checklist de permisos para abrir un restaurante en Panamá y en la guía del permiso sanitario del MINSA.
Agenda tu prueba gratuita: 30 minutos por videollamada o WhatsApp, con tu propio menú, sin compromiso.
30 minutos por videollamada o WhatsApp, con tu propio menú, sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Un extranjero puede sacar el Aviso de Operación en Panamá?
La guía de Iuris Panamá dice que lo necesita toda persona natural o jurídica, panameña o extranjera, que vaya a ejercer comercio. El panameño presenta su cédula; el extranjero, pasaporte vigente y un estatus migratorio que le permita realizar actividades lucrativas. Si puedes operar un restaurante según tu estatus es otra pregunta: consulta a un abogado de inmigración.
¿Cuánto tarda el Aviso de Operación?
Para actividades no reguladas suele confirmarse en unas 24 horas, según una guía legal secundaria. Si no empiezas a operar dentro de 90 días desde que se emite, el aviso puede cancelarse de oficio, así que no lo saques demasiado pronto.
¿Cuánto es el impuesto de aviso de operación de un restaurante?
Según KPMG, 2 % del capital del negocio, con un mínimo de US$ 100 y un máximo de US$ 60.000 al año; los negocios con capital menor de US$ 10.000 están exentos. Consulta a tu contador cuál es tu capital para este cálculo y cuándo se paga.
¿Andes Cocina paga o declara el impuesto de aviso de operación?
No. Andes Cocina no presenta declaraciones a la DGI. Lo que hace es recordarte el pago: lo registras como gasto fijo anual y la deuda aparece en Por pagar siete días antes del vencimiento.