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Recargo nocturno, dominical y jornada de 42 horas: el horario de un restaurante en pesos

Noche desde las 7 p. m., dominical al 90 % y semana de 42 horas: cómo cambian los turnos de un restaurante en 2026, con un horario semanal calculado en pesos.

  • 6 min de lectura
  • Por Equipo Andes Cocina

Un restaurante de Usaquén que vive del brunch del domingo y un bar del Parque Lleras que cierra a la 1 de la mañana tienen algo en común este año: su horario cuesta más que en 2025 sin que haya cambiado una sola hora. Tres normas se juntaron en 2026: la noche laboral empieza más temprano, el domingo se paga más y la semana es más corta. Aquí va cada cambio y un horario semanal recalculado en pesos.

Cambio 1: la noche empieza a las 7 p. m.

La Ley 2466 de 2025, la reforma laboral, fijó en su artículo 10 el trabajo diurno entre las 6 a. m. y las 7 p. m., y el nocturno entre las 7 p. m. y las 6 a. m. (Ley 2466 de 2025 (se abre en otra pestaña)). Antes la noche empezaba a las 9 p. m. El cambio rige desde finales de diciembre de 2025. Cada hora nocturna lleva un recargo del 35 % sobre la hora ordinaria (Aleluya (se abre en otra pestaña), fuente secundaria).

Para un restaurante, eso significa que el servicio de la cena entero (de 7 a 11 de la noche) ahora es nocturno. Antes solo lo eran las dos últimas horas.

Cambio 2: el domingo sube por escalones

El artículo 14 de la misma ley sube el recargo por trabajar en domingo o festivo en tres pasos: 80 % desde el 1 de julio de 2025, 90 % desde el 1 de julio de 2026 y 100 % desde el 1 de julio de 2027 (Portafolio, 1 de julio de 2026 (se abre en otra pestaña)). Tres reglas que importan en un restaurante:

  • Ocasional o habitual. Trabajar hasta dos domingos al mes es ocasional; tres o más es habitual. En el trabajo habitual, además del recargo, corresponde un día de descanso compensatorio.
  • Otro día de descanso. El descanso puede pasarse a otro día de la semana con acuerdo escrito entre el restaurante y el trabajador.
  • Se suman. El recargo dominical y el nocturno son independientes: un domingo de noche lleva 90 % más 35 %.

Cambio 3: la semana de 42 horas

La Ley 2101 de 2021 bajó la jornada máxima de forma gradual: 47 horas en 2023, 46 en 2024, 44 en 2025 y 42 desde el 15 de julio de 2026, sin reducir el salario (Actualícese (se abre en otra pestaña), fuente secundaria; el texto de la ley está en secretariasenado.gov.co). Lo que pase de 42 horas a la semana se paga como trabajo suplementario.

Como el salario no baja y las horas sí, la hora ordinaria sube. Con 42 horas semanales se usan 210 horas al mes para hallarla: con el salario mínimo de COP 1.750.905, la hora vale unos COP 8.338 (cálculo de Aleluya). Y todos los recargos se calculan sobre esa hora más cara.

Un horario semanal recalculado en pesos

Tomemos un cocinero con un sueldo de ejemplo de COP 2.100.000 al mes. Su hora ordinaria es COP 10.000 (2.100.000 ÷ 210). Trabaja seis días de 7 horas efectivas, con una hora de descanso en cada turno, y descansa los lunes:

DíaTurnoHorasHoras nocturnasRecargo del día
Martes a jueves11 a. m. a 7 p. m.7 cada día0COP 0
Viernes4 p. m. a 12 a. m.755 × COP 3.500 = COP 17.500
Sábado4 p. m. a 12 a. m.755 × COP 3.500 = COP 17.500
Domingo10 a. m. a 6 p. m.707 × COP 9.000 = COP 63.000
Semana4210COP 98.000

Son unos COP 392.000 de recargos al mes, sobre el sueldo. Con la misma hora base y las reglas de hace un año (noche desde las 9 p. m. y domingo al 80 %), ese mismo horario daba 6 horas nocturnas y COP 77.000 por semana: el cambio cuesta COP 21.000 más por semana para un solo cocinero, unos COP 84.000 al mes. Y desde julio de 2027, con el domingo al 100 %, la semana sube a COP 105.000. Como trabaja los cuatro domingos del mes, su trabajo dominical es habitual: le corresponde además el descanso compensatorio.

Ahora un caso de noche de domingo, típico de una barra en el Parque Lleras o en Getsemaní: turno de 6 p. m. a 1 a. m. Sobre la misma hora de COP 10.000, la hora de 6 a 7 lleva el 90 % dominical (COP 9.000); las cinco horas de 7 p. m. a 12 a. m. llevan 90 % más 35 % (COP 12.500 cada una, COP 62.500); y la hora del lunes de 12 a 1 a. m. lleva solo el nocturno (COP 3.500), salvo que el lunes sea festivo. Total de recargos de ese turno: COP 75.000.

Las cifras son un ejemplo para ver el orden de magnitud; la liquidación exacta la hace tu contador.

Qué decidir con estos números

  • ¿Vale la pena abrir tarde el domingo? Si las ventas de 10 p. m. en adelante no cubren los recargos de esas horas, acortar el turno puede dejarte más plata que abrirlo.
  • ¿Turnos partidos o corridos? Mover la entrada de la cena de las 4 a las 3 p. m. no cambia el recargo nocturno, pero sí cuántas personas tienes en el valle de la tarde.
  • ¿Quién cubre los domingos? Rotar para que nadie pase de dos domingos al mes cambia el carácter del trabajo dominical; tu contador te dice cómo se liquida en cada caso.

Para el brunch, el día fuerte es justo el más caro: lo analizamos en restaurante de brunch: costos y turnos. Y las reglas para armar el cuadro de turnos, en horarios y turnos en un restaurante.

Cómo lo lleva Andes Cocina

Andes Cocina no calcula recargos ni liquida nómina. Te da las horas y las ventas para que la decisión sea con datos:

  1. Turnos. En Horario, en Turnos definidos toca Nuevo turno con Nombre, Inicio y Fin ("Cena viernes", 4:00 p. m. a 12:00 a. m.), y asígnalo con el botón + en el día de cada persona.
  2. Horas reales. Cada persona toca Fichar entrada y Fichar salida con sus minutos de descanso. En la ficha ves las horas programadas y trabajadas de la semana, y Exportar horas baja el Excel que tu contador usa para liquidar recargos.
  3. Ventas por hora. En Horas pico, Elige las horas te deja marcar de 10 p. m. a 1 a. m. (cruza la medianoche) y ver el Resumen de la selección de esas horas: lo comparas con lo que cuestan.
  4. Fichaje que no se presta (plan Pro). Con la asistencia con QR, en Configuración pones Modo de fichaje en QR obligatorio, y el marcaje se hace en una estación del local.

El costo completo de cada empleado, con prestaciones y aportes, está en nómina de un restaurante en Colombia 2026, y el módulo, en personal y asistencia. Si tu local está en la noche de Medellín o en el norte de Bogotá, mira también las páginas del Parque Lleras y de Usaquén.

Normas vigentes a octubre de 2026. Esta guía no es una liquidación: consulta a tu contador.

Agenda tu prueba gratuita: 30 minutos por videollamada o WhatsApp, con tu propio menú, sin compromiso.

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Preguntas frecuentes

  • ¿Desde qué hora se paga recargo nocturno en 2026?

    Desde las 7 p. m. La Ley 2466 de 2025 fijó el trabajo diurno entre las 6 a. m. y las 7 p. m. y el nocturno entre las 7 p. m. y las 6 a. m.; antes la noche empezaba a las 9 p. m. El recargo nocturno es del 35 % sobre la hora ordinaria.

  • ¿Cuánto es el recargo dominical desde julio de 2026?

    90 % desde el 1 de julio de 2026, según la Ley 2466 de 2025. Antes era 80 % (desde julio de 2025) y sube a 100 % el 1 de julio de 2027. Aplica a domingos y festivos, y si el turno es de noche se suma al recargo nocturno.

  • ¿Con la jornada de 42 horas tengo que bajar el salario?

    No. La Ley 2101 de 2021 redujo la semana a 42 horas desde el 15 de julio de 2026 sin disminuir el salario. Por eso el valor de la hora ordinaria sube, y con él los recargos y las horas extra calculados sobre ella.

  • ¿Andes Cocina calcula los recargos de cada empleado?

    No. Andes Cocina registra los turnos programados y las horas fichadas, y exporta las horas a Excel. El cálculo de recargos, horas extra y la liquidación los hace tu contador o tu software de nómina.

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